Primeramente, sí eres una persona, valiente, sin temor alguno que tiene cuentas bancarias, pero no estás inscrito en el Registro Federal de Contribuyente o estando inscrito, opta por manejar una cuenta bancaria “personal”, este tema es de gran interés para ti.

 

Pues te comento, sí pensabas que, al usar cuentas bancarias “personales”, podrías evitar que el Servicio de Administración Tributaria ejerciera alguna acción en tu contra, déjame decirte que estas equivocado, el SAT conoce a detalle las cuentas bancarias que tienes, cuáles son los montos de los depósitos, en su caso, cual es el origen y destino de los recursos, sin importar si tu cuenta sea “personal o fiscal”.

 

Esto se debe en primer lugar, porque desde 1991 en nuestro país no existe el secreto bancario para las autoridades fiscales, y en segundo lugar porque las instituciones financieras están obligadas a proporcionar la información sobre los servicios que presente a sus clientes, ya sea por una cuenta de ahorro, inversiones, seguro, crédito, fideicomiso, préstamo, etc., sin importar que sea una cuenta “personal” o fiscal o si el cuentahabiente está o no inscrito en el RFC.

 

El error de las mayorías de las personas inicia cuando se apertura una cuenta bancaria, el personal del banco nos dice que tipo de cuenta queremos, una fiscal (con RFC) o personal (sin RFC), a lo cual la mayoría de las personas creen que, por el hecho de tener una cuenta fiscal, el SAT ejercerá actos de molestia; por lo que siempre optan por una cuenta personal, imaginando que así el SAT no sabrá sobre dicha cuenta.

 

Y ese error, en materia de impuestos puede ser fatal, pues para el SAT no hay distinción de cuentas bancarias, es decir, no importa si es una cuenta “personal” o fiscal, pues de ambas puede obtener la suficiente información sobre el dinero que manejes en ellas, pues su objetivo es cobrar impuestos.

 

Además, desde 2014, las instituciones financieras están obligadas a verificar con el SAT, que sus cuentahabientes estén inscritos en el RFC, en caso de no estar inscritos, al abrir una cuenta bancaria, su sistema que esta enlazado al SAT, automáticamente les asignará su Cédula de Identificación Fiscal y se le señalará como su domicilio fiscal a aquel que hayan dado a las instituciones financieras.

 

Por tanto, si continúas manejando este tipo de cuentas, sobre todo por depósitos en efectivo que te realicen, posiblemente recibirás alguna carta invitación para que acudas ante el SAT a verificar tu estatus fiscal, o en su defecto, el SAT ya este iniciando una auditoria por las inconsistencias que ha encontrado sobre tus cuentas bancarias, fincándote créditos fiscales cuantiosos.

 

Donde, además de los bienes que te embarguen, por no haber cubierto o garantizado el crédito fiscal, el SAT te denunciará ante la PGR por los delitos de discrepancia o defraudación fiscal, e incluso por lavado de dinero.

 

CONSEJOS:

 Sí estas dentro de este supuesto, acude inmediatamente con un abogado fiscalista experto en este tema, quien deberá asesorarte al respecto.

 Sí has recibido una carta invitación sobre el estado de tus cuentas bancarias, no acudas de inmediato al SAT o a la PRODECON, es seguro que te finquen un crédito fiscal cuantioso.

 Conserva toda la información sobre tus servicios financieros, si estas inscrito o no en el RFC, de los últimos 10 años.

Sí tienes alguna duda o comentario sobre este tema o los anteriores, no dude en contactarme por correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o vía de Twitter, en @miguel_angel_fp.