La ausencia de un debido control organizacional dentro de cualquier ente gubernamental puede llevar como consecuencia, para los servidores públicos, la prisión.

 

Si bien en pasada participaciones ya toqué el tema sobre de Compliance, y aducía que este sistema es necesario para todas las empresas, (véase articulo intitulado “¿MI EMPRESA NECESITA DE UN COMPLIANCE LEGAL?”) ahora le corresponde atender el mismo tema, pero enfocado a la administración pública.

 

Si se creía que, los entes públicos se encuentran exentos de implementar un sistema de Compliance, están en un error fatal, que les puede generar, a los miembros de cualquier órgano gubernamental, ir a prisión, porque a consecuencia de no tener un debido control organizacional dentro de la entidad pública a la cual pertenecen, automáticamente se ubican en diversos supuestos que, dependiendo de la normar aplicable, ocasionara una sanción.

 

¿Qué es el compliance?

Desde la óptica empresarial, se le denomina compliance al conjunto de sistemas y procedimientos de buenas prácticas corporativas, donde se establecen los riesgos operativos a los que se enfrentan las empresas y se implantan los mecanismos de prevención, control y reacción ante alguna contingencia dentro de la organización.

 

Pues bien, este mismo modelo ha sido atraído por un sinfín de países, entre ellos México, a sus legislaciones, para que, mediante una norma obligatoria, todas las empresas establezcan un compliance, del cual, en su interpretación jurídica se entiende como un programa de cumplimiento normativo legal.

 

Es decir, el compliance ha pasado de ser un programa de cumplimiento de buenas prácticas empresariales a ser un requisito obligatorio integrado dentro de la organización de las empresas con la finalidad de dar cumplimiento a las disposiciones legales, tomando en cuenta las acciones preventivas, de vigilancia y control, y en su caso, de respuesta ante un conflicto de índole legal.

 

 

CONSEJOS:

 

  • Es momento de analizar cuál es estatus legal de sus bienes, pues con esta norma, los que se conduzcan como propietarios son los que deben demostrar que sus bienes no están relacionados con alguna actividad ilícita.

 

  • En el caso de ser servidor público o se dedique al arrendamiento de bines, es necesario que acudas ante un abogado, pues son los más susceptibles de perder sus bienes con esta ley, para que analicen la manera adecuada de proteger su patrimonio.

 

  • Recuerda que el incumplimiento de cualquier norma puede ser considerada como una actividad ilícita, por lo que de igual manera por otros delitos se puede aplicar la extinción de dominio, así es que procura no infringir la ley.

 

Miguel Angel Flores Pluma, Abogado Fiscalista, especialista en Compliance, prevención de Defraudación Fiscal y Lavado de Dinero.

Twitter: @miguel_angel_fp.

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