“La Auditoría Superior de la Federación ha reportado que los recursos los usan para el pago de plantillas de personal, que en algunos casos no se localizan en sus centros de trabajo, además de que les siguen pagando después de haberlos dados de baja”, denunció el Comisionado del INAI, Oscar Guerra Ford

 

 “La sociedad demanda transparencia para que se corrijan y en su caso se sancionen a los responsables del incumplimiento de estas obligaciones, y que evidentemente debilitan las finanzas públicas del país”, puntualizó

 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) que informe de los créditos fiscales y adeudos vigentes de las instituciones públicas de educación superior y de las universidades públicas autónomas de Sinaloa, Nayarit, Sonora, Baja California Sur y Chihuahua.

 

En sesión del Pleno, el Comisionado Oscar Guerra Ford explicó que un particular solicitó la información y en respuesta el INFONAVIT argumentó que es confidencial por tratarse de secreto fiscal y no se puede dar a conocer.

 

El particular se inconformó y aclaró que no se están pidiendo datos de particulares, sino de entes que reciben recursos públicos y resulta incomprensible la decisión del INFONAVIT, en relación con su negativa para otorgar la información solicitada.

 

“La Auditoría Superior de la Federación ha reportado que los recursos los usan para el pago de plantillas de personal, que en algunos casos no se localizan en sus centros de trabajo, además de que les siguen pagando después de haberlos dados de baja. Por su parte, el INFONAVIT les ha otorgado créditos fiscales y no cumplen con sus obligaciones de pagar el cinco por ciento sobre el salario de sus trabajadores a su servicio para abono en su subcuenta de vivienda”, denunció el Comisionado del INAI.

 

En el análisis del caso, Oscar Guerra Ford manifestó que contrario a lo señalado por el INFONAVIT, la publicidad de la información relacionada con personas morales de derecho público no lesiona el bien jurídico tutelado que ampara el secreto fiscal.

 

El Comisionado del INAI, aclaró que, por mandato constitucional, la información relativa a la administración de los recursos económicos de los organismos públicos de los tres niveles de gobierno debe sujetarse al principio de transparencia; por ende, no es posible configurar un derecho de protección a datos fiscales de las instituciones públicas contribuyentes.

 

“Esto sin duda da cuenta de las irregularidades que la sociedad demanda transparentar para que se corrijan y en su caso se sancionen a los responsables del incumplimiento de estas obligaciones, en este caso los patrones, que no hacen sino incrementar los pasivos de estas universidades y con ello, la mayor demanda de recursos públicos, que finalmente tendrá que aplicarse para poder cubrir estos adeudos ante el INFONAVIT y que evidentemente debilitan las finanzas públicas del país”, subrayó Guerra Ford.

 

Por ello, el Pleno del INAI revocó la respuesta e instruyó al INFONAVIT para que turne la solicitud a su Coordinación General de Recaudación Fiscal, con la finalidad de que localice el desglose por institución pública de educación superior y por universidad pública autónoma de los estados de Sinaloa, Nayarit, Sonora, Baja California Sur y Chihuahua, de los créditos fiscales y demás adeudos vigentes, y proporcione dicha información al particular.