La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ordenó la reinstalación inmediata de Elizabeth Sánchez González como presidenta del IEEPCO; deja sin efecto la sentencia de la Sala Unitaria por la inhabilitación por un año y tres más por reincidencia.

 

En sus argumentos, los y las magistradas establecieron que el INE es la única instancia que tiene facultades para remover, o bien sustituir a quienes integran los OPLES.

 

El Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez Mondragón, propuso revocar la inhabilitación de un año impuesta a la Consejera Presidenta del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Elizabeth Sánchez. En su proyecto de sentencia, Rodríguez Mondragón argumentó que la Sala Unitaria del Tribunal de Justicia Administrativa y de Combate a la Corrupción de Oaxaca “carece de competencia para imponer tal sanción”, ordenando así su reinstalación inmediata en el cargo.

 

El magistrado subrayó que la única autoridad facultada para remover a consejeros de organismos públicos locales electorales es el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), dejando claro que el proceso de inhabilitación llevado a cabo por la Sala Unitaria del TJACCO no se ajusta a las normativas correspondientes.

 

Esta decisión, de ser ratificada, no solo tendría implicaciones legales significativas, sino que también podría redefinir el equilibrio de poder en el ámbito electoral de Oaxaca, destacando la importancia del respeto a las competencias jurisdiccionales en el contexto electoral nacional.