Asimismo, se ordena que se implementen medidas efectivas para cumplir dicha prohibición y sancionar a quienes hagan uso de fuegos pirotécnicos en cualquier tipo de celebración o actividad.

 

El Poder Judicial de la Federación dictó sentencia donde se prohíbe de manera definitiva el uso de fuegos artificiales en el municipio de Tehuacán.

 

Lo anterior fue resultado del amparo 1587/2023 que se promovió ante la jueza Cuarto de Distrito en materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla por la Asociación Civil TAC:Una Protección al Entorno, siendo los representantes legales Círculo de Amparo.

 

Patricia Aguilar, integrante de la agrupación señaló que este hecho es histórico al ser la primera sentencia en su especie en México y en América Latina, pues reconoce la prohibición de la pirotecnia “por ocasionar lesiones al medio ambiente, a la salud y a los animales”.

 

Asimismo se ordena que se implementen medidas efectivas para cumplir dicha prohibición y sancionar a quienes hagan uso de fuegos pirotécnicos en cualquier tipo de celebración o actividad.

 

Indicó que de esta forma se protege el derecho al medio ambiente sano en favor de las personas de la tercera edad, mujeres embarazadas, recién nacidos, autistas, personas enfermas, y para todos los ciudadanos que viven en el municipio, así como a favor del bienestar animal.

 

Finalmente comentó que las actuales autoridades municipales y las que vengan están obligados a vigilar que en el municipio de Tehuacán no se haga uso de fuegos pirotécnicos.