La bancadas del Partido del Trabajo (PT) y Morena en el Congreso de Puebla impulsan la creación de la “Ley Sabina”, la cual busca integrar un Registro Estatal de Deudores Alimentarios para que los padres morosos queden restringidos de ciertos derechos por el incumplimiento de sus obligaciones.

 

https://www.oronoticias.com.mx/wp-content/uploads/2023/03/ley-1-1024x576.jpgEl conjunto de reformas al Código Civil del Estado fueron presentadas este miércoles durante sesión ordinaria, donde estuvo presente la activista Diana Luz Vázquez Ruíz, impulsora de la ley que lleva el nombre de su hija de 4 años, quien no recibe pensión por parte de su progenitor desde su nacimiento.

 

Una de las iniciativas fue presentada por la diputada local del PT, Nora Merino Escamilla; mientras que una segunda propuesta es impulsada por los morenistas Daniela Mier Bañuelos, Angélica Cervantes González, Yolanda Gámez Mendoza, Carlos Evangelista Aniceto e Iván Herrera Villagómez.

 

¿En qué consiste la Ley Sabina?

 

El objetivo principal de la “Ley Sabina” es la creación de un padrón que concentre los datos de aquellas personas que incumplan con el pago de la pensión alimenticia de sus hijas e hijos menores de edad, a fin de proteger a las infancias y garantizar su manutención.

 

La propuesta establece que el Registro Civil tendrá a su cargo el Registro Público de Deudores Alimentarios Morosos del Estado de Puebla, en el que se inscribirá a las personas que hayan dejado de cumplir sus obligaciones alimentarias por más de 30 días.

 

La inscripción de las madres y padres morosos será ordenadas por jueces y juezas por convenio judicial; una vez realizada la solicitud, el Registro Civil tendrá 20 días para inscribir a los deudores y se expedirá un certificado para informar sobre su registro en el padrón.

 

Los deudores que aparezcan en el padrón de manera oficial perderán el derecho a contraer matrimonio; ingresarán al Buró de Crédito para que no puedan acceder a préstamos bancarios; además de que serán investigados por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

 

También se establece que la empresa donde laboren las madres y padres morosos, realizarán descuentos directos de su nómina para cubrir las pensiones alimentarias adeudadas; aquellas empresas que no cumplan la disposición, serán acreedoras de multas.

 

El deudor alimentario moroso que acredite ante la Jueza o Juez que han sido pagados en su totalidad los adeudos con sus hijas e hijos, podrá solicitar la cancelación de su inscripción en el registro estatal.

 

En caso de que el obligado dejara de cubrir sus obligaciones alimentarias nuevamente sin causa justificada por un periodo mayor a 30 días, las autoridades migratorias restringirán su salida del país.

 

Tras su presentación en el Pleno, el paquete de iniciativas fueron turnadas a comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia para su análisis y posible aprobación.

 

Por Vera Fernández

Editora: Brenda Balderas