La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por Tania Guerrero López, contra Nancy de la Sierra Arámburo, Senadora de la República con licencia.

 

En sesión extraordinaria urgente, con el voto unánime de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Benito Nacif, la Comisión determinó, que tanto la invitación a una rueda de prensa, la difusión de la misma en las cuentas de Twitter y Facebook de Nancy de la Sierra, y en medios locales, , se trata de una genuina labor periodística.

 

En cuanto a la propaganda en bardas y espectaculares, la Comisión determinó, de forma preliminar que, bajo la apariencia del buen derecho, cumple con los requisitos legales de ser propaganda de precampaña y no hace referencia alguna de forma directa o indirecta a una solicitud de voto en favor o en contra de algún otro contendiente.

 

La Comisión determinó improcedente respecto del uso de recursos públicos, ya que se trata de actos consumados, pues lo rueda de prensa se realizó el 24 de febrero de 2019. 

 

Finalmente, respecto de la tutela preventiva solicitada en forma genérica por Tania Guerrero López, los integrantes de la Comisión consideraron improcedente dicha solicitud, debido a que las manifestaciones denunciadas, versan sobre hechos futuros de realización incierta, al tratarse de entrevistas, ruedas de prensa, y difusión de propaganda fija.