La Cámara de Senadores aprobó en sus términos la minuta que reforma el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para facultar al Presidente de la República a constituir comisiones consultivas y presidenciales que permitan “el mejor despacho de los asuntos a su cargo”.

 

El dictamen se ratificó con 56 votos a favor, 38 en contra y cinco abstenciones. Se envió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

 

El proyecto de decreto establece que las comisiones consultivas serán conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil de reconocida capacidad o experiencia, designados por el Presidente de la República.

 

Tendrán la finalidad de resolver una consulta determinada o emitir una opinión sobre algún tema especificado en el decreto de su creación. Podrán ser ubicadas dentro de la estructura de una dependencia del Ejecutivo y sus conclusiones no serán vinculantes.

 

 

Respecto de las comisiones presidenciales, éstas se conformarán por integrantes como los descritos anteriormente, así como por ex servidores públicos y funcionarios de otros poderes u órdenes de gobierno.

 

Se constituirán como grupos de trabajo especial para cumplir con las funciones de investigación, seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes que deberán servir como base para la toma de decisiones.

 

La minuta enviada por los diputados mantiene la actual atribución del titular del Ejecutivo Federal para crear comisiones intersecretariales, pero agrega que éstas atenderán asuntos donde deban intervenir varias secretarías de Estado; estarán integradas por sus titulares y otros funcionarios de la administración pública federal.  

 

Se explica en el documento que los tres tipos de comisiones podrían formarse en el seno de la administración pública federal y su integración será resuelta por el Presidente de la República mediante designación directa.

 

Del mismo modo, su creación, término de operación y extinción será determinado por el titular del Ejecutivo Federal.

 

Se aclara que bajo esta regulación, las comisiones cumplirán funciones que mejorarán el ejercicio de la función pública y optimizarán la coordinación entre dependencias, entidades federales, órganos de otros poderes, estados, municipios y la participación de la sociedad civil en temas específicos en los que el gobierno tome decisiones.

 

Puntualiza que el cargo de los integrantes de cualquiera de las comisiones será honorífico y de confianza, por lo que no quedarán inhabilitados para desempeñar otra función pública o actividad privada.

 

El senador Cristóbal Arias Solís, presidente de la Comisión de Gobernación, explicó que los tres tipos de comisiones son instrumentos administrativos que se insertan en forma coherente en el esquema jurídico que sustenta esta ley.

 

A su vez, el senador Manuel Añorve Baños, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, manifestó -como legislador del PRI- su desacuerdo con las comisiones presidenciales, particularmente con las facultades de investigación y de fiscalización que se les otorgan.

 

Advirtió que con estas atribuciones se trastoca la división de poderes, además que son contrarias a la Constitución, ya que invaden facultades de la Fiscalía General de la República y de la Cámara de Diputados.

 

Por el PRD, el senador Miguel Ángel Mancera señaló que a las comisiones presidenciales se le otorgan facultades de investigación y fiscalización por decreto para casos como el de Ayotzinapa. Indicó que éstas tendrían que estar apoyadas por el Ministerio Público de la Federación, los fiscales y la Fiscalía General de la República.