El 29 de agosto se registró el linchamiento número 17 en lo que va del 2018, pobladores de Acatlán de Osorio culparon a dos personas de secuestrar niños en la región, por lo que fueron quemados vivos en el patio de la comandancia.
La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) culpó a las autoridades municipales de no avisar a tiempo a las autoridades estatales para evitar la muerte de dos personas.
¿Qué hace el Estado en casos de linchamientos?
De acuerdo con el Protocolo de Actuación para Casos de Linchamientos del Estado de Puebla, se entiendo como “linchamiento” un acto de agresión física llevada a cabo por un grupo de personas, incitados por la propia multitud.
Tanto las autoridades estatales como municipales deberán mantener una comunicación coordinada para detener estos casos, como:
- Presidente municipal.
- Presidente de la junta auxiliar.
- Regidores.
- Síndicos.
- Titular del cuerpo de Seguridad Pública Municipal.
- Secretaría General de Gobernación.
- Secretaría de Seguridad Pública.
¿Quiénes activan el protocolo?
Las autoridades competentes para activar el protocolo en casos de linchamiento son la Secretaría General de Gobierno (SGG) y autoridades del municipio.
Pasos para intervenir
Autoridades municipales deberán alertar desde el primer momento sobre el intento de linchamiento, en el que deberán intervenir la policía municipal.
Se deberá comunicar de forma inmediata a la SGG, a través de un delegado y solicitar la intervención de al SSP y la Fiscalía General del Estado (FGE).
¿Qué deben informar?
- Lugar exacto en donde se ubica el intento de linchamiento.
- Número de personas que participan.
- El motivo de la inconformidad.
- Si las personas que participan portan armas u objetos para agredir.
Una vez que se conoce el motivo de la trifulca, delegados deberán mediar entre la población.
Si elementos de la SSP no consiguen mediar entre las partes inconformes, podrán intervenir de manera física ante cualquier provocación.