La violencia intrafamiliar puede considerarse un hecho ilícito sujeto a indemnización económica, lo que es un parteaguas, porque normalmente la violencia intrafamiliar se demanda en sede penal, con las consecuencias que esto genera, con lo complicado que puede ser y con el estándar de prueba que exige la materia penal, que es muy riguroso, dijo la Dra. Ana María Ibarra Olguín, directora general del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La crisis sanitaria, económica y humanitaria que vive el mundo por el virus Sars-CoV-2 no podrá ser resuelta por la vía de propuestas aisladas y en cada país se requerirán esfuerzos colectivos e integrales, con la participación de todos los sectores, tanto públicos como privados. En este momento, nadie –ninguna persona, institución o empresa— deberá quedarse fuera, ni en dar ni en recibir, según sus posibilidades y necesidades, con justicia y equidad.